Criptomonedas en auscultación NIF C-22

Criptomonedas en auscultación  NIF C-22

Las Criptomonedas en la Contabilidad

El Consejo Mexicano de Normas de Información Financiera (CINIF) emitió para auscultación el proyecto de la Norma de Información Financiera para las Criptomonedas, la NIF C-22

En los últimos años las criptomonedas como el bitcoin, litecoin, monero, etc han ganado terreno y han revolucionado la forma de realizar pagos alrededor del mundo a través de una estructura basada en la tecnología de cadena de bloques (blockchain), que utiliza códigos encriptados, los cuales se consideran incorruptibles y seguros .

A raíz de este crecimiento el CINIF considera necesario emitir dado que cada vez más entidades económicas llevan a cabo inversiones con criptomonedas, por lo que el volumen de estas transacciones crece cada día.

La NIF C-22 tiene las siguientes características importantes:

  1. Concluye que una criptomoneda es un derecho sobre un código encriptado en forma electrónica y, en esencia, es un activo intangible que se recupera al utilizarlo como medio de pago o mediante su venta;
  2. Para su reconocimiento como activo dentro del estado de situación financiara, una criptomoneda cumpla con los elementos de la definición de activo establecida en el Marco Conceptual de las NIF;
  3. Requiere reconocer como gasto y no como activo los gastos de minería de criptomonedas, dado que, por la naturaleza de la actividad de minería, no existe certeza de que dichos gastos se recuperarán;
  4. Establece que una criptomoneda debe valuarse definiendo su valor razonable. Por lo tanto, esta NIF requiere que en la valuación de una criptomoneda se utilice un valor razonable de Nivel 1 y, en su caso, de Nivel 2 sólo si éste es determinado por la entidad, considerando lo mencionado en el párrafo 42.2.3 de la NIF B-17; de no ser posibles estas determinaciones, debe considerarse que el valor razonable de una criptomoneda es igual a cero; y
  5. Establece que las criptomonedas que una entidad mantiene bajo su custodia no se reconocen en sus estados financieros; no obstante, se reconocen las provisiones por los contratos de prestación de servicios de custodia que se han convertido en onerosos, así como, en su caso, los pasivos relacionados con las criptomonedas custodiadas.

Conclusión:

Ahora ya se cuentan con normas para clasificar este tipo de activos lo que podría abrir la puerta al incremento de su valor debido a que puede adquirir mayor aceptación a lo largo del tiempo.

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