Impuestos Airbnb México
¿Cómo llevar tu contabilidad de impuestos Airbnb?
Cada vez son más los mexicanos que se dedican a rentar sus inmuebles por medio de las plataformas Airbnb o Homeaway, sin embargo muchos anfitriones se encuentran en un grave error al creer que si no se encuentran dados de alta ante el SAT o al no facturar no deben presentar sus declaraciones correspondientes.
Lamentablemente este error lo cometen muchos contribuyentes no solo en airbnb, si no en varios tipos de negocio, ya que todos estamos obligados a reportar al SAT todos los ingresos que generemos.
Actualizado: Te recomendamos leer el nuevo post Impuestos Airbnb 2024
¿Cómo llevar la contabilidad de Airbnb en México?Primero: Debe seleccionar el Régimen Fiscal que mejor le convenga, de acuerdo a que la actividad económica no requiere de título profesional podría tributar bajo los siguientes regímenes:
- Régimen de Incorporación Fiscal (No puede rebasar los 2 millones de pesos anuales considerando todas sus fuentes de ingresos)
- Persona Física con Actividad Empresarial
Dependiendo del régimen fiscal seleccionado serán las obligaciones a cumplir y se determinará el impuesto a pagar.
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De acuerdo al criterio emitido por el SAT para cobrar impuestos a Airbnb los impuestos que deberás pagar a nivel federal:
- Impuesto Sobre la Renta (ISR) (LISR artículos 16 y 90)
- Impuesto al Valor Agregado (IVA) (LIVA artículo 19)
De acuerdo con el mismo criterio el no pagar el ISR o el IVA se considera una práctica fiscal indebida, por lo que si no has presentado tus declaraciones, las has presentado en cero o no cuentas con el alta ante el SAT te recomendamos hacerlo a la brevedad, recuerda que el SAT quiere incrementar la recaudación y en caso de que identifique estas omisiones podría imponer multas y cobrar actualizaciones y recargos.
Impuesto por servicios de hospedaje Airbnb en CDMX
En la Ciudad de México Airbnb retiene y entera el 3% de la cuota por impuesto de servicios de hospedaje derivado de una reforma al Código Fiscal de la Ciudad de México, donde se adiciono el artículo 162 bis el cual establece que “Las personas físicas o morales que en su carácter de intermediarias, promotoras o facilitadoras intervengan en el cobro de las contraprestaciones por servicios de hospedaje y en caso de que se cubra a través de ellas lo correspondiente al Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje, deberán inscribirse al padrón del impuesto correspondiente en su carácter de intermediario, promotor o facilitador a efecto de coadyuvar en el cumplimiento de lo establecido en el artículo 164 de este Código”
Cabe señalar que este es un impuesto local y no exime del cumplimiento de los impuestos federales antes citados (ISR e IVA) o de la presentación de las declaraciones u obligaciones derivadas del régimen fiscal al que pertenezcas. Si pensabas que el 3% que te retiene airbnb cubría tus impuestos lamentablemente estás en un error y debes presentar las declaraciones correspondientes para evitar sanciones futuras.
Tener en orden tu situación no solo te brindará calma de no tener problemas con el SAT, también te permitirá que tus propiedades sean visibles para viajeros de negocio y que puedas recibir más huéspedes por lo que también podrías obtener más ingresos utilizando los mismos recursos que actualmente tienes.
Si eres anfitrión de Airbnb en Decláralo podemos ayudarte a cumplir con tus obligaciones fiscales en todo momento, solo completa el formulario